Calculadora de retención IRPF (7% y 15%)
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Cómo se calcula la retención de IRPF
La retención se aplica sobre la base imponible de la factura, es decir, el importe antes de sumar el IVA. El resultado se resta del total: es el cliente quien ingresa ese dinero directamente a Hacienda en tu nombre, como un adelanto de tu declaración de la renta.
Por ejemplo, con una base de 1.000€ y retención del 15%: 1.000 × 0,15 = 150€ de retención. Si además hay un 21% de IVA (210€), el total a cobrar sería 1.000 + 210 − 150 = 1.060€.
15% general vs. 7% para nuevos autónomos
| 15% general | 7% nuevo autónomo | |
|---|---|---|
| ¿Cuándo se aplica? | Pasado el periodo reducido | Año de alta + los 2 siguientes |
| Requisito | Ninguno especial | No haber ejercido actividad similar en los 12 meses previos al alta |
| ¿A quién se factura? | Empresas y profesionales | Empresas y profesionales |
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula la retención de IRPF de una factura?
Se aplica el porcentaje de retención (15% o 7%) sobre la base imponible de la factura, sin contar el IVA. Ese importe se resta del total a cobrar, y el cliente lo ingresa directamente a Hacienda en tu nombre como un adelanto de tu IRPF.
¿Cuándo se aplica el 7% en lugar del 15%?
El 7% se aplica durante el año de alta como autónomo y los dos siguientes, siempre que no hayas ejercido una actividad profesional similar en los 12 meses previos al alta. Pasado ese plazo, la retención general es del 15%.
¿Tengo que aplicar retención si facturo a un particular?
No. La retención de IRPF solo se aplica en facturas a otra empresa o profesional. Si facturas a un particular, la factura no lleva retención, solo IVA.
¿La retención es un gasto que pierdo?
No, no es un gasto. Es un adelanto de tu IRPF que ya has pagado por ti mismo a través del cliente. Cuando hagas la declaración de la renta, se descuenta de lo que te toque pagar — si te retuvieron de más, incluso te lo devuelven.
¿Puedo aplicar un porcentaje de retención distinto al 15% o al 7%?
Por defecto son esos dos los aplicables a la actividad profesional de un autónomo. Existen otros porcentajes para casos particulares (por ejemplo, rendimientos de capital mobiliario), pero para facturas de actividad profesional habitual se usan el 15% general o el 7% reducido.